JurídicoESEN
Order (Auto)March 3, 2022

A- de 2022

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Paola Andrea Meneses Mosquera

✓Claimant Maria Cecilia Obregon De Botero·Respondent Federacion Nacional De Cafeteros De Colombia

01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Conflicto De Competencia Aparente
  • Competencia de autoridad judicial a quien primero fue repartida o ante quien se accionó
  • Inobservancia de reglas de reparto y trámite de la acción de tutela
Factor Territorial
  • Competencia a prevención del lugar donde ocurrió la violación o donde tiene efectos
2 topics · 3 subtopics · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Conflicto de competencia suscitado entre el juez Primero Civil Municipal de Oralidad de Medellín y el juez Noveno Penal del Circuito Especializado de Bogotá D.C.

Encontró la Corte que el presente asunto solo se presentó un conflicto aparente, en la medida en que el primer despacho aplicó las reglas de reparto previstas por el Decreto 333 de 2021 para declarar su falta de competencia, a pesar de que la Corporación ha reiterado que las reglas previstas en dicho instrumento jurídico y en general, las reglas de reparto, no pueden ser usadas por el juez de tutela para rechazar la competencia o declarar la incompetencia de otra autoridad judicial.

Se dirime la controversia con la remisión del expediente al Juzgado Primero Civil Municipal de Oralidad de Medellín, para que de forma inmediata inicie el trámite de amparo y profiera la decisión de fondo a que haya lugar.

Se advierte a esta autoridad que, en lo sucesivo, se abstenga de declarar su falta de competencia para conocer una acción de tutela con base en las reglas administrativas de reparto.

Al otro operador jurídico involucrado se le advierte que, siempre que considere que existe un conflicto de competencia en materia de tutela debe ser resuelto, en principio, por la autoridad judicial prevista en la Ley 270 de 1996, por lo cual debe observar las reglas previstas sobre la materia en la ley y la jurisprudencia de la Corte Constitucional, expuestas en la presente providencia y compiladas en el Auto 550/18.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (11 points)
  1. Primero. DEJAR SIN EFECTOS el auto de 13 de diciembre de 2021 proferido por el juez
  2. Primero. Civil Municipal de Oralidad de Medellín, en el marco de la acción de tutela promovida por María Cecilia Obregón de Botero en contra de la Federación Nacional de Cafeteros de Colombia.
  3. Segundo. REMITIR el expediente ICC-4132 al juez
  4. Primero. Civil Municipal de Oralidad de Medellín, para que, de forma inmediata, inicie el trámite de amparo y profiera la decisión de fondo a que haya lugar dentro de la acción de tutela presentada por la accionante.
  5. Tercero. ADVERTIR al juez
  6. Primero. Civil Municipal de Oralidad de Medellín que, en lo sucesivo, se abstenga de declarar su falta de competencia para conocer una acción de tutela con base en las reglas administrativas de reparto.
  7. Cuarto. ADVERTIR a la juez
  8. Noveno. Penal del Circuito Especializada de Bogotá que, siempre que considere que existe un conflicto de competencia en materia de tutela, este debe ser resuelto, en principio, por la autoridad judicial prevista en la Ley 270 de 1996, por lo cual debe observar las reglas previstas sobre la materia en la ley y la jurisprudencia de la Corte Constitucional, expuestas en la presente providencia y compiladas en el Auto 550 de 2018.
  9. Quinto. Por Secretaría General, COMUNICAR a la parte actora y a los juzgados
  10. Primero. Civil Municipal de Oralidad de Medellín y
  11. Noveno. Penal del Circuito Especializado de Bogotá la decisión adoptada mediante esta providencia.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

Cites0
It cites no recorded decisions.
Cited by0
No decision cites it yet.

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.